Beneficio Exención de Aranceles
De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Rectoría Económico correspondiente, el beneficio de exención de arancel de matrícula debe ser solicitado a más tardar el 31 de marzo de cada año. Para postular al beneficio en cuestión, el solicitante debe, tener sus cargas familiares acreditadas en la Oficina Técnica de Personal, dependiente de la Dirección de Administración. Así mismo, los solicitantes deben cumplir con los requisitos establecidos en la resolución 032/2019 de fecha 02-01-2019 de la DGAEA.