Directrices acerca de intervenciones en espacios físicos de la Universidad

Autoridades Académicas y Administrativas

De mi consideración:

Con el propósito de resguardar y preservar la integralidad e idoneidad de los distintos espacios físicos de la universidad, así como asegurar las condiciones para el correcto funcionamiento de los recintos universitarios, comunico a usted criterios y orientaciones respecto de intervenciones a los espacios, infraestructura y redes de servicios, sean éstas de cualquier índole o magnitud, que las distintas Unidades quieran desarrollar con contratistas y profesionales contratados directamente.

En primer lugar, indicar que para llevar adelante este tipo de intervenciones es necesario contar, de forma previa, con la autorización y posterior coordinación de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, a través de la Dirección de Infraestructura y Gestión de Campus (DIGC).

A continuación, se describen formas de actuación en esta materia:

1. Solicitud. Las solicitudes o iniciativas de intervención deben ser informadas y solicitadas por el Director del área respectiva.

2. Alcance. Las intervenciones a las que hace alusión este instructivo se refieren a: uso de un espacio físico no edificado, cualquier modificación física de un recinto o conjunto de recintos, alteración de redes de servicios existentes en los recintos, así también como de sus elementos de terminación o de sus artefactos, que quieran ser ejecutadas de manera directa e independiente por parte de las distintas unidades. Se excluyen de este procedimiento, por tanto, las iniciativas de obras o intervención que sean solicitadas al nivel central para su desarrollo de diseño y ejecución.

3. Disponibilidad de Fondos. Las intervenciones o iniciativas financiadas con presupuestos propios de las Unidades deberán estar previamente validadas por la Dirección de Finanzas.

4. Tipos de intervención. De manera de poder identificar los tipos de intervenciones, y solicitar la debida autorización, estas se pueden dividir en las siguientes categorías:

a. Intervenciones de espacios: donde se incluye el uso de superficie no edificada, modificaciones de espacios existentes que fueran a alterar, reparar, modificar, eliminar o reconstruir parte de un edificio, así como la construcción de nuevos metros cuadrados o nuevos espacios en tales edificios. Para estos efectos se deberán acompañar planos y especificaciones técnicas de aquellas partes del edificio que sufran cambios con respecto a lo existente. Dichos planos diferenciarán con líneas convencionales las partes no afectadas, las partes nuevas y las que deben demolerse, a fin de poder verificar las condiciones proyectadas de seguridad y habitabilidad. Se acompañará también presupuesto informativo de las obras correspondientes. Si la intervención afectare la estructura de la edificación, se deberá acompañar la memoria de cálculo y planos de estructura, suscritos por el profesional competente.
b. Intervenciones de mantención: donde se incluyen todas las modificaciones del tipo mantención o corrección de los espacios, en lo que refiere a partidas consideradas de terminaciones o de categoría menor. En este sentido se pueden mencionar, sin ser estas partidas excluyentes; los cambios de pinturas, revestimientos de piso, muros, cielos, techos, cambio o instalación de lámparas, cambio o instalación de artefactos de baño, de cocina o kitchenette. Se requerirá solicitar visto bueno del tipo de material o modelo a instalar y colores propuestos para la intervención, adjuntando las fichas técnicas correspondientes, de manera de asegurar criterios de armonización cromática de los edificios, así como la adecuada sostenibilidad en la mantención de artefactos y la vida útil esperada.

c. Intervenciones de trazados o modificaciones en tipos de redes: donde se incluyen intervenciones de alteración, eliminación, construcción de redes de servicios, tales como electricidad, agua potable y alcantarillado, redes de datos, gases clínicos, gas, etc. Debido a la relevancia e impacto de una modificación en estas partidas, se deberá presentar una solicitud de revisión de factibilidad inicial de manera de conocer si no existen inconvenientes para llevar a cabo tal intervención, de existir tal factibilidad, el proyecto deberá considerar un proyecto específico de especialidad, así como la entrega, al finalizar las obras, de planimetría y antecedentes As-built, de manera de que la DIGC cuente con información actualizada para los catastros respectivos. Adicionalmente los proyectos eléctricos y de gas, requerirán entregar del respectivo certificado TE1, TC6 o según corresponda a la especialidad.

5. Sobre los contratistas y la ejecución de las obras. Los contratistas podrán ser propuestos por las Unidades, pero se hará una revisión de la idoneidad de estos para abordar una obra en específico, de manera de asegurar la adecuada capacidad económica y el cumplimiento de la legislación laboral en el contexto de la ley de subcontratación. En la eventualidad de que estos contratistas no cumplan con los criterios de revisión, la DIGC podrá proponer alternativas desde el registro de contratistas vigente de la Universidad. Dependiendo de la revisión de los antecedentes y el alcance de las obras a ejecutar, la DIGC podrá exigir que las obras consideren la contratación de un seguro todo riesgo de construcción por parte de los contratistas.

6. Ejecución. Las fechas de ejecución de obras o intervenciones se deberán coordinar de manera específica con la DIGC, priorizando los periodos de receso universitario, de manera de no alterar el normal funcionamiento de la Universidad. Durante el periodo de la ejecución de las obras, la DIGC podrá fiscalizar el cumplimiento de las condiciones de seguridad y laborales, estando mandatada a detener las obras, de encontrarse alguna irregularidad al respecto, hasta que esta sea resuelta.

Agradezco la atención a esta comunicación y quedo atento a cualquier inquietud que pudiera persistir.

Le saluda cordialmente,

Alex Paz Becerra

Vicerrector de Administración y Finanzas